jueves, 6 de agosto de 2020

MALOS TRATOS AL TRABAJADOR - ABOGADO LA PLATA

MALOS TRATOS AL TRABAJADOR - ABOGADO LA PLATA



Una la mujer se consideró autodespedida luego de la conducta negligente de su empleadora, tras denunciar hechos de abusos y malos tratos en el lugar de trabajo. Ahora deberán pagarle 2.713.118,68 pesos. En concreto, los jueces hicieron hincapié en el “derecho a trabajar en un ambiente laboral saludable, a que se reconozcan sus capacidades y se le otorguen tareas de conformidad a su categoría, años de antigüedad y experiencia en el trabajo y su derecho a ser oída y protegida por su empleadora y al respeto como mujer trabajadora por parte de la misma". 

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ENTREGA MERCADERIA ROTA - ABOGADO LA PLATA

ENTREGA MERCADERIA ROTA - ABOGADO LA PLATA



Un Juzgado Civil y Comercial platense ordenó a Carrefour a indemnizar por más de $200.000 a un cliente por la entrega de una heladera rota. La sentencia cita el artículo 40 de la Ley Nacional del Consumidor, el cual afirma que “si el daño al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responderán el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio”.
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El Coronavirus no es causal de despido - Abogado La Plata

El Coronavirus no es causal de despido - Abogado La Plata



Un Tribunal del Trabajo de Morón anuló un despido en pleno aislamiento a un trabajador que fue diagnosticado como "caso sospechoso" de Covid-19, y que se encontraba de licencia por enfermedad. Para hacer lugar a la medida autosatisfactiva y anular el despido dispuesto por la empleadora, los magistrados citaron que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional impone una protección específica al trabajo en sus diversas formas y en la coyuntura, deviene indispensable la preservación de los puestos de trabajo.
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MULTA POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS - ABOGADO LA PLATA

MULTA POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS - ABOGADO LA PLATA




Una reconocida cadena de electrodomésticos y un fabricante deberán afrontar una multa de 90 mil pesos por la entrega de un lavarropas defectuoso. También deberán resarcir en concepto de daño directo a la consumidora. En el caso, una mujer relató que compró un lavarropas en el local ‘Rodó’ -nombre bajo el que opera Bosan S.A.-, y cuando le fue entregado le pidieron que firmara el recibo, alegando que estaban apurados. Luego, al retirar el embalaje, advirtió que el artefacto estaba golpeado y la tapa salida de lugar por el golpe, por lo que se dirigió a la sucursal, donde la derivaron a Electrolux. El fabricante, por su parte, le comunicó que debía plantear la situación a Rodó, por ser un problema del envío. En este escenario, el camarista Carlos Balbín advirtió que la mujer firmó el remito, pero que “esa circunstancia, por sí sola, no demuestra que el acto administrativo impugnado resulte inválido”. La firma se agravió por el hecho de que la denunciante, al recibir el producto, firmó el remito y prestó conformidad al momento de la entrega. El juez señaló que la recurrente “no brinda precisiones sobre el modo en que se practicó la entrega”, y añadió: “De hecho –y considero esto relevante para la solución del caso-, frente a la imputación Bosan ni siquiera presentó su descargo en sede administrativa”

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ALIMENTOS - EL TIO SE HACE CARGO - ABOGADO LA PLATA

ALIMENTOS - EL TIO SE HACE CARGO

El tío de dos menores deberá abonar alimentos, según lo dispuesto por la Justicia de Salta. El progenitor incumple con la cuota desde 2018 y los niños no tienen abuelos paternos ni hermanos mayores. La obligación alimentaria entre parientes tiene sus fundamentos en la solidaridad familiar que debe existir entre quienes se encuentran relacionados por vínculos de parentesco", recordó la sentenciante, quien recordó además que se trata de una solidaridad humana entre quienes están ligados por lazos de sangre. 

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